Para comprender que tenemos que morir, debemos comprender el vivir. Y no siempre lo hacemos, es que además es muy difícil hacerlo. NUESTRO CEREBRO NO ESTÁ PROGRAMADO PARA ENTENDER LA MUERTE, nos dijo el neurólogo Dr. Aurelio Mosquera de Solca Guayaquil en la mesa redonda que hicimos en el auditorio de la PUCE Manabí, campus Portoviejo nos lo explicaba narrándonos la estructura del cerebro. Está organizado de tal manera que solo puede conservar la vida, ampliar la vida emocionalmente y comprenderla analíticamente. Son sus funciones y estructura. Debemos aceptar nuestros límites, no estamos hechos para ser inmortales. La muerte es una realidad, sin embargo, anhelamos plenitud, totalidad y una búsqueda incesante de bienestar. La neurociencia nos dice que en la vida TODO ES PROCESO, todo tiene su tiempo y debemos asumirlo para vivir bien.
Alumnas de la clase de bioética, Angélica y Justine, no comprenden cómo en dos casos de tetraplejia, igual paralización del cuerpo de dos personas, reflejadas en dos películas, una española Mar adentro y otra Argentina, Insuperables, Ramón San Pedro pide que le permitan la eutanasia. Felipe, el de Insuperables, no la pide, a pesar de su inmovilidad y dependencia de los demás. Angélica y Justine no entienden qué mismo es la eutanasia, y por qué Felipe encuentra sentido a la vida a pesar de su pésima calidad de vida y Ramón San Pedro no. Estas interrogantes dieron origen a las carreras de medicina, derecho y la cátedra de ética de la PUCE Manabí organice una mesa redonda sobre el drama de la eutanasia.
El Dr. Pablo Morocho, médico intensivista del Hospital de Especialidades de Portoviejo se preguntaba ¿qué es muerte digna? ¿qué es muerte indigna? Y siguiendo la declaración OMC SECPAL nos decía: “es un concepto que se refiere a la manera de permitir que una persona fallezca de manera respetuosa, tranquila y libre de sufrimiento innecesario. Implica proporcionar cuidados paliativos adecuados y respetar los deseos del paciente en cuanto su atención médica al final de su vida”. El profesional de la medicina en especial el de los cuidados intensivos debe declarar el fin de la vida de una persona si es que tiene claro el diagnóstico final de que lo que deja de funcionar es lo neurológico, es decir, la conciencia, sus funciones autónomas y sus funciones de relación. O las funciones respiratorias, cardiovasculares o la renal.
¿Todos los que nos han precedido han muerto indignamente? Lo digno es la valoración del ser humano POR EL HECHO DE SER HUMANO, y como dice la declaración de los derechos humanos, “independientemente de su raza, sexo o religión”. El respeto a la dignidad implica el respeto a la VIDA del hombre digno. El Dr. Morocho pide que acompañemos al ser humano incluso cuando ya no haya medicamente nada que curar, (cure), se puede cuidar (care) al ser humano en su etapa terminal. Pide que las UCI (unidad de cuidados intensivos) sean de “puertas abiertas” y que los médicos no seamos solo meros profesionales técnicos de la medicina, sino que acompañemos humanamente al paciente. En vez de hablar de eutanasia activa o pasiva, hablemos de ADECUACIÓN DEL ESFUERZO TERAPÉUTICO.
El Abogado Luis Jara, docente de la cátedra de Derechos Humanos de la PUCE Manabí, nos hizo un análisis desde la perspectiva de nuestra constitución y nos dio unos artículos:
Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas: 1. El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habrá pena de muerte. 2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios.
“La finalidad del disfrute del más alto nivel posible de salud contribuye a poner las condiciones digna de vida y digna de muerte por sobre la vida en circunstancias de padecimiento y miseria….” (Sentencia No. 679-18-JP/20 y acumulados, párrafo 89).
No se puede obligar a vivir a una persona en condiciones indignas y por extensión tampoco se puede obligar a morir a alguien en condiciones de indignidad. Se trata de que durante el proceso de vivir y por extensión el de morir la persona no sufra tratos crueles, inhumanos y degradantes.
El COIP dice lo siguiente: DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE LIBERTAD Art. 144.- Homicidio.-“ La persona que mate a otra será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años”. Nos dice el Abogado Jara: Esta medida en el caso de una eutanasia resulta desproporcionada para un profesional de la salud en el contexto de la muerte digna puede ser sancionado con pena privativa de libertad por cumplir la voluntad de una persona que está sufriendo padecimientos crueles e inhumanos.
Al cerrar la mesa redonda, y me tocó hacerlo como moderador. Aplaudo y agradezco la participación de todos los ponentes, los alumnos, profesionales de otras universidades y hospitales de la ciudad. Nos queda claro que cualquier decisión debe tener en cuenta la complejidad de la vida y la integridad de la persona y no se puede abandonar la perspectiva ética qué es lo que nos hace más humanos al nacer, vivir, morir. Desde allí pensar qué es Vida y Muerte digna.
POR:
P. Fabricio Alaña E, SJ
ACTIVIDADES:
1.- ¿POR QUÉ LA EUTANASIA ES UN DRAMA?
Por el sufrimiento en extremo del paciente, sus familiares, por pérdida de calidad y sentido de vida.
2.- ¿QUÉ PROCESOS DEBEMOS SEGUIR?
Siempre tratar de curar al paciente (cure) y cuidar- acompañar a bien morir (care).
3.- EL DECIDIR PROLONGAR LA VIDA, ACELERAR LA MUERTE, DEJAR MORIR ¿ES UNA DECISIÓN PERSONAL O COLECTIVA?
Es una opción ética e interdisciplinaria – existencial.
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